MARTHA LUCÍA GÓMEZ
LA PATRIA | MANIZALES
Esta semana se sabrá si el Concejo de Manizales autoriza a la Alcaldía para cobrar plusvalía a dueños de predios en Manizales.
Se trata de un proyecto de acuerdo que cursa trámite en esa corporación, ya lo han radicado en años anteriores otras administraciones, pero lo han hundido los concejales. Ayer fue la presentación, su ponente es el concejal del Partido de la U Juan Sebastián Gómez.
La explicación estuvo a cargo de Claudia María Salazar, arquitecta de la Secretaría de Planeación Municipal, quien explicó de qué se trataría este cobro, si es que lo aprueba el Concejo en estos días de sesiones extraordinarias.
Qué es
La plusvalía es el incremento en el valor del suelo por causas ajenas. Su espíritu, según el concejal ponente, es que el Estado perciba unos recursos porque un propietario sin haber hecho ninguna actividad en su bien, pero por un cambio normativo, su suelo empezará a costar más dinero.
Cuándo se cobraría
Una sola vez en los siguientes casos: solicitud de una licencia de urbanización o de construcción, cambio efectivo del uso del suelo del inmueble, actos que impliquen transferencia de dominio (cambio de propietario), adquisición de títulos valores representativos en derechos de adiciones de construcción (figura que no está implementada en Manizales, pero que la norma la exige).
Hechos generadores
* Incorporación de suelo rural a suelo de expansión urbana. En Manizales se tramitan dos planes parciales de expansión: El Rosario y La Aurora.
* Consideración de parte de suelo rural como suelo suburbano.
* Autorización de un mayor aprovechamiento del suelo en edificaciones, bien sea elevando el índice de ocupación o el índice de construcción, o ambos a la vez. En la ciudad se expidieron determinantes técnicas para el plan parcial El Telar (antiguas bodegas de Única) para renovación urbana.
* Cuando el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) se incorpore suelo rural y suelo suburbano al perímetro urbano, se daría cuando se apruebe este Plan, que está en reformulación.
* Casos de suelo suburbanos cuyo desarrollo esté sujeto a la formulación de un plan parcial de desarrollo.
* Ejecución de manera directa o indirecta de obras públicas previstas en el POT.
Cobro
La propuesta es que la tasa sea del 30% sobre el mayor valor del metro cuadrado que tenga plusvalor.
Exoneración
No aplicaría este cobro a los inmuebles que son Vivienda de Interés Prioritario.
Destinación de los recursos
Lo que recaude la Alcaldía se podría destinar a compra de predios o inmuebles para proyectos de Vivienda de Interés Social; a construcción o mejoramiento de infraestructura vial, de servicios públicos o equipamientos sociales para la ejecución de proyectos de espacio público y fomento de la creación cultural o mantenimiento del patrimonio cultural; a financiación de la infraestructura vial o sistemas de transporte masivo; a actuaciones urbanísticas de renovación urbana o mejoramiento integral de barrio, y al pago de precios o indemnizaciones en casos de expropiación para programas de renovación urbana.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015