BEATRIZ PASCUAL MACÍAS
EFE | LA PATRIA | WASHINGTON
El presidente de EE.UU., Donald Trump, proclamó ayer su nuevo decreto migratorio que prohíbe la entrada de refugiados al país y detiene la emisión de visados para los ciudadanos de Irán, Somalia, Yemen, Libia, Siria y Sudán, todos ellos países de mayoría musulmana a partir del 16 de marzo.
Trump también eliminó de su nueva orden ejecutiva toda alusión a las minorías religiosas cristianas, grupo que había tratado de proteger en su anterior decreto, emitido el pasado 27 de enero y bloqueado por la Justicia.
Con esa eliminación, el Gobierno de EE.UU. trata de anular la idea de que su veto se dirige contra los musulmanes y atenta contra la libertad religiosa protegida en la primera Enmienda de la Constitución, una cláusula que algunos grupos habían usado para demandar al Ejecutivo por discriminación.
A pesar de que el Gobierno ha sacado a Irak de su lista, ha detenido durante 90 días la emisión de visados a los ciudadanos de seis países de mayoría musulmana (Irán, Somalia, Yemen, Libia, Siria y Sudán), que ya aparecían en el anterior decreto.
Sobre las personas que piden asilo, el Ejecutivo estableció una prohibición de entrada al país durante 120 días para los refugiados de todo el mundo, aunque determinó que se podrá otorgar un permiso de entrada a algunos refugiados "cuando esté en el interés nacional de EE.UU.", según el decreto.
Para justificar la necesidad de proteger a EE.UU. de algunos refugiados, el Gobierno anunció ayer que el FBI está investigando a 300 refugiados en Estados Unidos por posibles actividades terroristas.
El Gobierno no dio detalles sobre las nacionalidades de los refugiados investigados, aunque la orden ejecutiva cita varios ejemplos de refugiados condenados por terrorismo, como un somalí que llegó de niño a EE.UU., adquirió la ciudadanía estadounidense y trató de detonar una bomba en una ceremonia navideña en Portland (Oregón).
Excepciones
* Permiso de entrada a EE.UU. para los nacionales de los seis países musulmanes que tienen la tarjeta de residente permanente, que permite a los extranjeros trabajar y acceder a la ciudadanía estadounidense.
* También podrán entrar aquellos que ya hayan conseguido asilo y las personas con doble nacionalidad que usen un pasaporte de otro país diferente al de las seis naciones con restricciones.
* Habilitan el ingreso a los ciudadanos de las seis naciones musulmanas que tuvieran un visado válido antes del 27 de enero, la fecha en la que se emitió la primera orden ejecutiva.
Cambios
* Trump ha decidido permitir la entrada de los iraquíes porque su Gobierno se ha comprometido a implementar medidas adicionales de seguridad y ejecutar las repatriaciones de sus nacionales con órdenes de expulsión en EE.UU.
* El Gobierno no menciona de manera específica a los ciudadanos sirios y los incluye con el resto de refugiados del mundo, de forma que tendrán prohibido su ingreso a EE.UU. por 120 días y no de manera indefinida, como establecía el anterior decreto.
* Trump establece que su Gobierno deberá de entregarle en 20 días un informe que evalúe cómo cada país del mundo proporciona información a EE.UU. sobre sus ciudadanos. Con base en ese informe, el Ejecutivo podrá prohibir la entrada a ciudadanos de más naciones, además de las seis incluidas actualmente en el veto.
Destacado
EE.UU. admitirá a un máximo de 50.000 refugiados en el año fiscal 2017 (del 1 de octubre de 2016 al 30 de septiembre de 2017), un límite idéntico al contenido en la primera versión del veto y que supone un importante descenso con respecto a la meta de 110.000 refugiados del expresidente Barack Obama.
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