
LA PATRIA | MANIZALES
“Cada desaparecido es un mundo distinto”, comenta un investigador dedicado a estos casos, en los que se abordan problemas diversos, pero que en todo caso requieren la acción de las autoridades hasta encontrarlos.
El Grupo de Desaparecidos de la Fiscalía en Caldas maneja un reporte de 40 personas que en el 2020 fueron reportadas y que continúan en el sistema. Vale destacar que la cifra total de personas dadas por desaparecidas a lo largo del año es superior, pero la mayoría aparecen vivos.
Se ha vuelto recurrente en las páginas de medios la difusión de casos relacionados con adolescentes bajo protección especial, quienes abandonan las instituciones que los acogen con fines de restablecimiento de derechos, pero tampoco regresan a los hogares.
Este es uno de tantos dilemas a los que se enfrentan en Colombia las autoridades. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) abogó en una reunión con funcionarios de la Fiscalía por qué se sigan reportando los casos y al tiempo que la entidad investigadora los reciba.
Lo anterior debido a que en algunas seccionales pararon de recibir los casos. No hay una norma al respecto, por lo que depende de cada departamento prestar ese apoyo interinstitucional para devolver a cada menor a la fundación u hogar de donde se evadieron.
Por qué
La atención inicial de las autoridades es si se trata de un caso forzado. El 2020 fue dinámico en dar visibilidad a estos hechos. El histórico en Caldas, al igual que en Colombia no tiene cifras concretas.
Luz Marina Monzón, directora de la Unidad de Busqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el marco o con ocasión de conflicto armado (Ubpd), descarta que se llegue a tener una cifra exacta o que se concilien las que maneja cada institución.
De otro lado, la denominada desaparición voluntaria, que no es un término oficial, también plantea un reto para la Fiscalía y demás autoridades, independiente de la naturaleza o la forma cómo se dé la pérdida del rastro.
Algunos se ocultan por problemas económicos, según se deduce de los contextos que generan los reportes. Otros, se van por problemas familiares, bien porque el núcleo es disfuncional o simplemente porque están pasando por un mal momento.
En el caso de los jóvenes se ha detectado una baja tolerancia a las reglas y autoridad en los hogares. También los hay personas con problemas psíquicos que requieren atención psiquiátrica como los depresivos o, cuando son adultos mayores, por demencia.
Hay personas, en particular jóvenes, que abandonan su hogar y el sitio donde tienen sus arraigos por problemas con bandas o grupos delincuenciales.
Además, al sistema se reportan hechos en los que finalmente se determina que al desaparecido le dieron escopolamina.
Entre la gama de desaparecidos están los que se dan por catástrofes naturales, como terremotos y avalanchas. No existe una clasificación oficial, pero las anteriores son algunas de las formas cómo la gente se pierde, según lo describe otra investigadora de casos.
El mito de esperar
De a poco se ha desechado la idea de que se debe esperar 72 horas para que una persona sea dada por desaparecida. En Colombia opera el Mecanismo de Búsqueda Urgente (MBU), que opera de inmediato tras presumirse que una persona está perdida (ver recuadro Pasos del MBU).
Las 72 horas se convirtieron en un mito. En Colombia, la complejidad sobre la desaparición, en particular cuando se presume forzada, obligó a las mismas autoridades a replantear que no se requiere de un periodo específico de tiempo para recibir el reporte.
Cualquier ciudadano puede recurrir al MBU, con el objetivo de ubicar a personas presuntamente desaparecidas. En Caldas la mayoría de reportes se dan de manera verbal, pero se pueden hacer de manera escrita.
Lo que no se debe olvidar es que se trata de una actuación judicial en la que la persona que reporta se compromete a dar datos verídicos, ya que de lo contrario estaría incurriendo en un fraude, con las correspondientes consecuencias penales.
De otro lado, al funcionario asignado a recibir la información le es exigible tomar los datos tan pronto un familiar o institución se acercan o se comunican con esas dependencias. No hacerlo representa una falta grave a sus deberes.
Por último, las autoridades recomiendan a las personas que han hecho reportes por desaparición de familiares, que en caso de que aparezcan avisen de la misma manera en que hicieron la denuncia inicial.

Galería de Memoria, en Samaná. Una manera de mantenerlos vigentes.
El MBU se reglamentó en el 2005, con la Ley 971. Su objetivo inicial fue la prevención de la desaparición forzada.
En Colombia
De acuerdo con el Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres (Sirdec), en el 2020 se reportó la desaparición de 1.578 hombres y 866 mujeres, en Colombia.
Pasos del MBU
La autoridad judicial ante quien se solicite la activación del mecanismo de búsqueda deberá, en ese mismo momento, recabar información en relación con varios aspectos.
1. El nombre de la persona en favor de la cual se debe activar el mecanismo de búsqueda urgente, su documento de identificación, lugar de residencia, rasgos y características morfológicas, las prendas de vestir y elementos de uso personal que portaba al momento del hecho y todos los demás datos que permitan su individualización.
2. Los hechos y circunstancias que permitan establecer o lleven a presumir que la persona en favor de la cual se solicita la activación del mecanismo de búsqueda urgente es víctima de un delito de desaparición forzada de personas, incluyendo la información conocida concerniente al lugar y fecha de la desaparición y a los posibles testigos del hecho.
3. Toda la información que se tenga sobre la persona en cuyo favor se invoca el mecanismo, incluyendo, cuando fuere del caso, el lugar al que posiblemente fue conducida y la autoridad que realizó la aprehensión.
4. Si el peticionario ha solicitado a las autoridades posiblemente implicadas en la desaparición información sobre el paradero de la víctima y si estas han negado la aprehensión, retención o detención.
5. Si el hecho ha sido denunciado ante otras autoridades.

Cada desaparecido es un mundo distinto. En la foto, uno de Soacha (Cundinamarca).
Reporte
Si conoce del paradero de una persona dada por desaparecida en Caldas puede comunicarse al Grupo de Desaparecidos de la Fiscalía. Teléfonos 3176655379 – 3235448011. También se debe hacer si la persona apareció, ya que de lo contraría continuará en el registro del Sirdec.
Cifra
1.400 reportes de personas perdidas es el histórico que maneja el Grupo de Desaparecidos de la Fiscalía Caldas.

Las distintas maneras cómo se dan las desapariciones representan retos diversos para las autoridades.
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