LA PATRIA | MANIZALES
La historia que les contaremos a continuación se resume en cuatro puntos.
Así resolvió la Corte el recurso de casación interpuesto por el apoderado de víctimas, que consideró que el asesino estaba en sus cabales. Lo sentenciaron por doble homicidio agravado en concurso homogéneo con tentativa de idéntica ilicitud.
González Tovar discutió ese día, a las 6:30 de la mañana, con su esposa, Luz Stella Forero Gómez, cuando ella le manifestó la intención de dejarlo y de negar la posibilidad de una nueva oportunidad en la relación marital.
El tipo tomó un cuchillo y la hirió. Luego apareció una de las dos hijas para defender a su mamá. También la apuñaló y la menor falleció horas después. Luz Stella se desplazó al garaje de la residencia en busca de una cruceta para defenderse, elemento que había utilizado para repeler un episodio de violencia anterior, pero al no hallarla en el sitio habitual(en el vehículo familiar), regresó. En ese momento el sujeto atacaba a su otra hija, quien murió en el lugar.
Luego el agresor se infligió varios cortes en el cuello, el vientre y el antebrazo izquierdo. La oportuna acción de la Policía permitió que sobreviviera.
Tras el proceso penal, lo condenaron, pero en segunda instancia lo declararon inimputable (no era consciente de lo que hacía y tenía un trastorno mental transitorio) y lo mandaron para un centro psiquiátrico, con 10 años de internamiento.
La representación de víctimas no quedó contenta y recurrió a la casación. Sustentó que el perito se fundamentó en la entrevista realizada a González Tovar, de la que no quedó registro en audio, ni en video, desconociéndose la forma de interrogar que utilizó el experto y el estado de lucidez en que se encontraba el entrevistado.
“El señalado se muestra como una persona consciente, que recuerda lo ocurrido el 21 de junio de 2011, según él, bajo un estado de ira e intenso dolor, lo que desdibuja la amnesia deducida por el psiquiatra, aspecto calificado por este como de poca importancia”.
Se concluyó que esas anomalías en la realización del examen, plasmadas en el informe, llevaron a diagnosticar una enfermedad mental que no existía al momento de la conducta y que finalmente tuvo en cuenta el Tribunal para concluir que el señalado padeció un episodio depresivo mayor con síntomas sicóticos.
Además, el testimonio relevante de un policía, que ingresó al inmueble, fue mutilado. Él percibió un bolso escolar lleno de cuchillos de cocina de varios tamaños, lo que indica que Ricardo Enrique precavió la reacción de sus víctimas, al esconder elementos que pudiesen ser utilizados para repeler las agresiones que ya tenía en mente. Esto sumado a la frase “déjenme morir, no me quiero ir para la cárcel”, que expresó en el momento en que era auxiliado por los patrulleros, revela plena consciencia de sus actos y de los resultados.
Se ordenó el traslado del sujeto del sitio de internamiento en establecimiento psiquiátrico al centro penitenciario que disponga el Inpec para el cumplimiento de la pena.
El abogado de las víctimas es Édgar Saavedra Rojas, exmagistrado la Corte Suprema.
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