LA PATRIA | MANIZALES
La captura masiva a 22 jóvenes que participaron en las manifestaciones del miércoles en Manizales terminó con la decisión de declarar ilegales esas detenciones y se ordenó su libertad inmediata.
Se recuerda que ese día un grupo de manifestantes se congregó en la glorieta de Los Cámbulos y bloqueó por cerca de media hora el paso por la vía Panamericana.
La Policía y el Esmad desbloquearon y aprehendieron a 22 jóvenes de entre 18 y 28 años, y a un adolescente. En otro sitio de Manizales habían capturado a dos que, al parecer, participaron en la misma protesta.
En la noche del jueves se iniciaron las audiencias. A los dos detenidos juntos los presentaron ante un juez y a los restantes ante otro despacho. A los primeros les resolvieron la situación en la misma noche. Quedaron libres por ilegalidad en las capturas.
Para el resto la audiencia fue más extensa porque además de escuchar a la Fiscalía que debía referirse a cada uno de los 22 presentados, siguieron las intervenciones de seis abogados defensores y por último la del Ministerio Público.
A las 4:30 de la mañana de ayer se suspendió y se continuó a las 12:30 de la tarde. La decisión fue la misma: se declararon ilegales las capturas.
Aspectos clave
*A los jóvenes los capturaron por una presunta perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial y obstrucción de vías. Sin embargo, la Corte Suprema en sus sentencias ha fijado los parámetros y en este caso no se cumplieron. Por ejemplo, había vías alternas y no se pusieron en riesgo la vida, la seguridad alimentaria y otros bienes jurídicos.
*La Fiscalía se quedó corta en la individualización y relación de los hechos que cometieron cada uno de los detenidos. Aunque proyectó algunas fotos, no fue convincente.
*El delito no comporta privación de la libertad, por lo que el ente acusador pudo dejarlos libres y mantenerlos vinculados a la investigación mientras se adelantaban las indagaciones para presentarlos posteriormente ante un juez de garantías.
“No es tan sencillo”, defensor
Daniel Robledo Pérez, quien hizo parte del equipo de defensores, explicó que el tipo penal que se intentó atribuir no es tan sencillo de configurar. “Por lo regular nos encontramos frente a conductas atípicas en donde las personas simplemente están protestando y la Fiscalía pretende hacer ver esa conducta como criminal, pero no tiene la trascendencia. La exposición de motivos del juzgado ha sido amplia. Tiene que darse una imposibilidad total de transitar y en este caso como mucho duró 30 minutos el cierre y adicionalmente no comporta ningún perjuicio al bien jurídico”.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015