LA PATRIA | MANIZALES
Wilmer Andrés Carmona Vargas pagaba condena en domicilio por porte ilegal de armas de fuego, en Aguadas, pero en una voladita de la casa lo sorprendieron unos uniformados y en vez de colaborar con la autoridad le pegó un puntapié en el pecho a uno de ellos.
Así se complicó más su situación. El hecho sucedió el 23 de mayo de 2018, aproximadamente a las 2:30 p.m. cuando hicieron presencia unos patrulleros en el barrio Renán Barco, para verificar quejas ciudadanas relacionadas con el expendio y consumo de estupefacientes.
En el recorrido observaron a un sujeto con actitud sospechosa, quien abordaron para solicitarle un registro. Ante el requerimiento de su documento de identidad, les expresó: “agentes, yo no tengo la cédula aquí porque tengo un problema de domiciliaria y solo salí a fumarme un bareto de marihuana y tampoco sé el número porque no sé leer, ni escribir”.
Los gendarmes le manifestaron que debían conducirlo a la estación para identificarlo y verificar su situación jurídica. Solicitaron una patrulla y al instante el sujeto manifestó recordar su número de identificación.
Les formó problema
Los policías le insistieron en el traslado para constatar la información. El hombre se tornó grosero. Según la denuncia les dijo: “cuál era la chimbada y la joda. Yo solo tengo que rendirle cuentas a la Fiscalía y al Inpec, no a ustedes”.
Inicialmente lo tranquilizaron, pero igual debían llevarlo a la sede policial para lograr su plena identificación. En esos momentos llegó el vehículo patrulla. Cuando se dirigían hacia este, el hombre empujó a quien lo llevaba y huyó.
A una cuadra del lugar se metió a una casa por la parte trasera. Los uniformados pidieron a la persona que habitaba en ella que los dejaran pasar. Adentro fue peor la situación porque hubo forcejeo.
El proceso judicial terminó con una sentencia condenatoria al final de un juicio oral, por lo que le impusieron cuatro años de cárcel sin beneficios, ya que había violado al mismo tiempo que cumplía otra pena.
La defensa pidió la absolución para Carmona Vargas, pero al ser condenado en primera instancia interpuso el recurso de apelación. La sentencia fue confirmada recientemente por el Tribunal Superior de Manizales.
El dato
La condena por porte de armas de fuego fue en 2015, cuando le impusieron siete años y 10 meses de prisión, con beneficio de domiciliaria.
El delito
Código Penal. Artículo 429. Violencia contra servidor público. El que ejerza violencia contra servidor público, por razón de sus funciones o para obligarlo a ejecutar u omitir algún acto propio de su cargo o a realizar uno contrario a sus deberes oficiales, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años.
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