LA PATRIA | MANIZALES
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia inadmitió la demanda casación que presentó la defensa de Orlando Hernández Álvarez, condenado por acceso carnal violento.
Así las cosas, se mantuvo la decisión proferida el 4 de junio del 2021 por el Tribunal Superior de Manizales y el 18 de octubre del 2018 por el Juzgado Primero Penal del Circuito.
El relato de la Fiscalía indica que en la noche del 6 de febrero del 2016, después de compartir bebidas embriagantes con algunos conocidos en varios establecimientos de la capital caldense, una mujer, junto a Hernández Álvarez y otro amigo, de nombre Hernán, se dirigieron de madrugada al apartamento del hoy condenado, ubicado en el edificio Los Olivares, del barrio Villa Pilar.
Allí continuaron el consumo de licor, hasta que Hernán se quedó dormido y la mujer manifestó que se sentía mal y que pediría un taxi para retirarse del lugar. Entonces, Hernández Álvarez la llevó a una habitación e intentó tomarla por la fuerza, pero la mujer se encerró en un baño y a través de Whatsapp pidió auxilio a una hermana y a otros dos amigos.
En esos momentos, Hernández Álvarez dañó la cerradura de la puerta del baño y mediante violencia física trasladó a la víctima, de 23 años, hasta el dormitorio, le quitó la ropa y bajo la amenaza de utilizar un arma de fuego que presuntamente poseía, la accedió carnalmente.
Lo denunció, lo capturaron, no aceptó cargos y tampoco le pidieron detención preventiva. Terminó condenado a 144 meses, pena que fue confirmada.
La Corte expresó: "La Sala inadmite la demanda por no reunir los requisitos mínimos de orden formal necesarios para su estudio de fondo, ni satisfacer los presupuestos básicos".
Manizales. Al abogado de Jorge Aníbal Giraldo Arias le inadmitieron la demanda de casación presentada ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Quedó condenado a 9 años de prisión, por actos sexuales con menor de 14 años.
Su víctima, un menor, de 13, contó que sostenía conversaciones de alto contenido sexual -incluidas fotos, imágenes y solicitudes de sexo oral-, en su perfil de Facebook, con Giraldo Arias, quien tenía un consultorio veterinario en la capital caldense y acostumbraba transportarlo en un Renault Twingo. Además, en febrero de 2015 lo invitó a su casa y allí, después de mostrarle vídeos pornográficos, lo tocó indebidamente.
El abogado presentó casación argumentando que el menor cambió tres veces su versión. "En la primera le dijo a su madre que nada había sucedido, en la segunda, que sí hubo agresión sexual y ocurrió en varias ocasiones; y en la tercera, que fue solo una vez". La Corte explicó que hay ausencia de argumentación sólida, lo que origina la inadmisión de toda la demanda.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015