LA PATRIA | MANIZALES
Cuando las autoridades detectan bienes de origen ilícito, bien sea por actividades de narcotráfico o por lavado de activos provenientes de la corrupción y blanqueo de divisas, entre otras razones, esas propiedades entran en procesos de extinción de dominio.
Esto quiere decir que los titulares de esos bienes pierden el poder de disposición sobre los mismos, porque entran a ser manejados por el Estado. Esa responsabilidad es de la Sociedad de Activos Especiales (SAE).
Para el caso de Caldas se tienen 540 bienes entre muebles e inmuebles. Alejandro Henao Barrera, a cargo de la Gerencia Regional Occidente, señaló que vienen en un proceso de productividad para esas propiedades, tanto en el ámbito social como económico.
Explicó que la entidad administra no solo los bienes inmuebles que probadamente fueron producto de diferentes actividades ilegales, como el narcotráfico o delitos contra la administración pública sino todos los que se vean inmersos en procesos de extinción de dominio, por diversas razones.
Es la Fiscalía la que a través de un procedimiento administrativo obtiene el cese de la disposición que estaba a cargo del titular y posteriormente entran al inventario de la SAE. Aclaró que la entidad tiene como encargo actualmente en todo el país apartamentos, locales comerciales, vehículos, aeronaves, barcos, metales preciosos, sustancias lícitas y otros.
“El desarrollo que nosotros tenemos de la actividad de comercio frente a los mismos es arrendarlos, venderos o destinarlos”, señaló Henao Barrera. En Caldas hay bienes administrados por la entidad en la mayoría de municipios (ver mapa).
La SAE Regional Occidente maneja los activos de Antioquia, Choco, Caldas, Quindío y Risaralda. Al respecto, indicó: “Si bien hay un buen número de diligencias que se siguen desarrollando en Antioquia, hemos visto que la Fiscalía a través de sus procedimientos e investigaciones en el campo penal se está concentrando mucho en los tres departamentos del Eje Cafetero”.
Este sería un indicador de que el ente investigador ha aumentado la persecución sobre los bienes de origen ilícito que hay Caldas, Risaralda y Quindío.
Salen del comercio
Los activos que maneja la entidad están por fuera del comercio, hasta su enajenación. Se trata de un gravamen por limitación al derecho de dominio, a través de una medida de embargo, que se tramita ante un juez de la república, mientras se resuelve la situación judicial del bien cuestionado.
La acción de embargo no es penal sino administrativa o civil. “La particularidad de la extinción del dominio es que es adicional al proceso penal en el que están inmersos los afectados”, anotó.
Tampoco depende del resultado del proceso penal la solución definitiva a la propiedad embargada, ya que puede pasar que una persona investigada por la Fiscalía sea absuelta, pero no podrá reclamar para sí el bien si no logra demostrar cómo obtuvo los recursos para adquirirlo.
“Son acciones independientes que pueden surgir paralelamente, por lo que no se requiere necesariamente de una sentencia condenatoria en la parte penal, sino que se demuestre la ilicitud de la adquisición”, explicó.
Extintos y en proceso
La SAE maneja no solo los bienes a los que ya se les decretó la extinción del dominio, sino también los que están en el proceso. En los dos casos la responsabilidad de la entidad es velar por el correcto manejo.
“Anterior a la implementación de la Sociedad de Activos, se veía mucho bien deteriorado. En la actualidad el modelo de arrendamiento da la posibilidad de velar por la conservación de los inmuebles. No queremos que cuando la gente vea un bien diga que es de la SAE sino que lo aprecien bien destinado y agradable, de acuerdo con la función social”, recalcó
Lo normal es que al concluir un proceso de extinción a favor del Estado se busque la enajenación o venta. Sin embargo, en ocasiones cuando aún no culmina el procedimiento se encuentran activos de difícil administración.
“En estos casos tenemos unas causales de enajenación temprana, por ejemplo, cuando la administración es supremamente costosa, pertenecen a sociedades en liquidación o llevan más de cinco años sin destinación”, indicó.
En cuanto a la venta de activos señaló que los trámites son breves, pues si una persona está interesada en adquirir alguno, y no hay otro oferente, solo tiene que cumplir los requisitos que están disponibles en la página www.saesas.gov.co. En caso de que haya otros posibles compradores se establecería un sistema de puja, concluyó.
Distribución
De los recursos que ingresan por venta o arriendo de activos 40% va para el Ministerio de Hacienda, que hace el respectivo reparto. El 10% para la Policía Judicial, el 25% para la Fiscalía y el restante 25% para la Rama Judicial.
Saneados
El posible comprador debe tener en cuenta que a un bien sometido a registro, en la tradición le figurará una anotación sobre la extinción al derecho de dominio. Al respecto, Henao Barrera señaló que los activos más saneados son los que han pasado por esa depuración en materia judicial y administrativa.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015