LAURA SÁNCHEZ
LA PATRIA | MANIZALES
El fallo del Juzgado Promiscuo Municipal de Norcasia consideró improcedente una tutela interpuesta por un docente del colegio San Gerardo María Mayela. El maestro expresó en el recurso que volver a la presencialidad es no garantizar la vida y la salud de la comunidad educativa.
Mientras el proceso se analizaba, este Juzgado suspendió como medida provisional el 22 de julio las clases presenciales. Los alumnos llevaban dos semanas estudiando en las aulas físicas y debieron volver a la educación remota.
El profesor reclama por el derecho a la vida, a la salud y al trabajo en condiciones dignas y justas que repercutirán en el bienestar de la comunidad educativa integrada por padres de familia y estudiantes.
Pide que se interrumpa la presencialidad temporalmente en el colegio, mientras se revisa la aplicación de los protocolos de bioseguridad en la institución. Él expresa que hay problemas en el funcionamiento del lavamanos portátil en la sede principal y no hay demarcación en la sala de docentes para distanciamiento físico, entre otros.
La sentencia
El viernes pasado, después de visitas de verificación a la Institución Educativa, el Juzgado determinó que el colegio cumple con las condiciones determinadas por la Resolución 777 del Ministerio de Salud. Y que en Norcasia no hay ocupación de camas UCI por personas que padecen de covid-19 y que en los reportes de la Territorial de Salud de Caldas, del viernes pasado, estaba en 65,9% (alerta naranja).
Añade: “Esto quiere decir que el porcentaje de ocupación de camas UCI en el departamento están muy por debajo de lo exigido en la precitada resolución para acudir a la presencialidad que incluye la educación”.
Entre los argumentos, el Juzgado concluye que en pandemia por el covid-19 nadie puede asegurar ni garantizar el pleno goce de los derechos a la salud y a la vida: “La pandemia se propaga sin control alguno, solo se mitiga con la observancia de los protocolos de seguridad establecidos e impuestos por el Gobierno nacional”. También indica que el derecho al trabajo tampoco se vulnera en sus condiciones dignas. El docente, a través de su abogado, contempla la posibilidad de apelar.
Monitorean
El secretario de Educación de Caldas, Fabio Arias, indica que el Comité de Alternancia Departamental monitorea semanalmente los protocolos y verifica las nuevas solicitudes de presencialidad. “El fallo de tutela nos motiva a seguir adelante en el esquema de presencialidad que es la única alternativa para que los jóvenes, niños y niñas sigan en sus proyectos. Advertimos que tenemos un 5% de las sedes están en mantenimiento por eso no las estamos usando. Nuestra presencialidad es del 90%”, expresa Arias.
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