LA PATRIA | MANIZALES
Ahora las acciones indebidas de sus hijos en redes sociales serán sancionadas en el colegio, según avaló la Corte Constitucional. Esta decisión es aplaudida por el rector del Liceo Isabel La Católica de Manizales, Óscar Iván Franco, quien antes de la medida solo podía hacer una labor formativa con los estudiantes y sus familias porque la actividad no ocurría en el plantel.
En las manos de las coordinaciones disciplinarias quedó esta decisión pues pueden sancionar o expulsar al menor, pero respetándole el debido proceso. "Eso lleva unas implicaciones enormes porque el joven que sea víctima del matoneo deberá darnos las pruebas porque no podemos ingresar a las redes sociales de los muchachos, entonces nos dan pantallazos como evidencias y con eso iniciamos un proceso por uso indebido de tecnología", complementó Franco.
El magistrado Antonio José Lizarazo, quien fue el ponente, expresó: "El escenario de las redes sociales expone a quienes lo usan a situaciones que en un principio pudieron no ser presupuestadas y que pueden llegar a implicar afectaciones a la dignidad de las personas cuando superan el ámbito de lo privado".
Para la profesora Paola Tatiana Muriel, del colegio Giovanni Montini (Kilómetro 41), les dan vía libre para enfrentar el matoneo escolar que en la mayoría de los casos afecta la estabilidad emocional de los estudiantes, que puede desencadenar en suicidio.
Antecedentes
El fallo de la Corte se dio por el caso de un adolescente quien utilizó sus redes para compartir fotografías íntimas de varias jóvenes.
Ocurrió en el 2016 cuando el entonces menor de 13 años contactó en redes sociales a las adolescentes a quienes convenció de que enviaran fotografías íntimas, que él compartió en redes sociales.
Padres de las menores se molestaron y fueron a buscarlo a su vivienda para reprocharle su conducta, al igual que lo hicieron con las directivas del colegio.
El joven fue sometido a un proceso en el consejo de disciplina, que evaluó expulsarlo de la institución, algo a lo que se opuso alegando que en dicha conducta incurrieron varios de sus compañeros, quienes solo fueron sancionados con días de ausencia en clases. Días después decidieron expulsarlo.
El señalado estudiaba en un colegio bilingüe, por lo que el proceso en el consejo de disciplina se hizo en francés, con presencia de un acudiente que tuvo ayuda de un traductor.
Por esta razón, los padres del menor tutelaron su derecho a la educación, que fue avalado por el Juzgado Segundo Penal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Bogotá. El Juzgado ordenó remitir copias a la Unidad de Fiscalías de la Jurisdicción de Infancia y Adolescencia para que verificara las amenazas que el joven dijo recibir e investigará si en realidad sus compañeros compartían fotografías iguales.
El Juzgado validó su derecho para expulsar al menor y ratificó la decisión de remitir copias a la Fiscalía: "El Manual de Convivencia institucional establece un procedimiento disciplinario que debe ser adelantado por el Consejo de Disciplina para imponer sanciones, las cuales dependen de la afectación que el acto disciplinable causó, o pudo haber causado, en la vida en comunidad y en los derechos y garantías propias de los miembros de la misma".
Esta decisión fue estudiada por la Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional que estableció que la decisión que no violó el derecho a la educación porque se le respetó el conducto regular que se debe seguir para determinar una medida drástica como lo es una expulsión.
Sin embargo, la Corte le ordenó a los colegios adelantar los procesos disciplinarios en el idioma oficial de Colombia, el español.
Las situaciones en redes causan afectaciones a la dignidad de las personas cuando superan el ámbito de lo privado.
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