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El 2018 aún es joven y se está en una época para decidir la mejor oferta salarial y comenzar un nuevo trabajo.
Sin embargo, antes de estudiar nuevas opciones, entienda las diferencias entre un salario mínimo, uno integral y otro por prestación de servicios, ya que es factible que le hagan una oferta de estas. Calcule sus verdaderos ingresos.
Salario integral
La Ley 50 de 1990 define el salario integral como aquel que corresponde a la suma de 10 salarios mínimos mensuales, más un 30% considerado como factor de carga prestacional. Es decir, este tipo de salario termina correspondiendo a 13 salarios mínimos, que en este 2018 ascienden a $10 millones 156 mil 146, resaltó Isabel Cristina Londoño, representante de la agencia de empleo Maquel.
Se considera que ese 30% compensa lo que se deja de percibir por trabajo nocturno, días de descanso obligatorio, sin embargo no tiene derecho a prestaciones como cesantías, intereses a las cesantías y prima de servicios. Sí conserva como derecho las vacaciones y una indemnización si es despedido sin justa causa.
Por esta razón, cualquier salario que esté por debajo de este monto y al que no se le paguen las prestaciones sociales se considera que es ineficiente. Lo más recomendable es que se asesore, ya que muchas personas ignoran y desconocen sus derechos. "Hay propuestas de contrataciones que están por debajo de los mínimos legales y es pertinente estar muy atento”, explicó Carlos Julio Díaz, analista laboral de la Escuela Nacional Sindical (ENS).
Por prestación de servicios
Cuando se habla de un contrato por prestación de servicios se refieren a un acuerdo de carácter civil y no laboral. Por lo tanto no está sujeto a la legislación de trabajo y no es considerado un contrato con vínculo laboral al no haber relación directa entre empleador y trabajador.
Para Iván Jaramillo, director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, aunque por ley existe, el pago por prestación de servicios es ineficiente, debido a que no se reconocen cesantías, primas, intereses y aportes sobre la base pactada, por lo que el empleado termina con una cifra cercana entre el 20% y el 25% menos de lo pactado. "Es decir, se debe descontar ese porcentaje para saber con más certeza el pago que finalmente recibirá", recomienda.
También recuerde que para pagar la seguridad social en esta modalidad se calcula a partir del 40% del salario recibido, con el fin de no ahogar el presupuesto de los trabajadores al hacerlo por el 100%.
Por ejemplo, aquellas personas que reciben $2 millones mensuales por prestación de servicios, antes de ilusionarse con el monto, deben calcular los aportes que hace y que bordean los $240 mil. Es decir, el ingreso real sería $1 millón 760 mil, sin tener en cuenta posibles retenciones en la fuente.
“Este trabajador debe saber que necesita estar afiliado a cinco entidades: salud, pensión, riesgos laborales, cesantías y caja de compensación familiar. Igual ocurre con los empleados vinculados legalmente”, añadió Díaz.
Salario mínimo
El salario mínimo legal incluye, además de la seguridad social, el auxilio de transporte y dotaciones. Recuerde que en este caso debe aportar el 4% de salud, más el 8,5% que paga su empleador. En el caso de pensión se le retendrá el 4%, más 12% que aportan las empresas.
El actual salario mínimo es de $781 mil 242, lo que representó un aumento del 5,9% frente al año anterior. Adicionalmente el auxilio de transporte se incrementó en el 6,1%, fijándose en $88 mil 211.
El salario integral
1. No está exento de los aportes a seguridad social y aportes parafiscales, tanto para el Sena e ICBF.
2. Están considerados como empleados que están en las grandes ligas. Se trata de profesionales altamente formados, que obtienen puestos de gerentes, directivos y jefes áreas.
Por prestación
Es un contrato de carácter civil que lo diferencia del laboral, en el que un profesional ofrece sus servicios a un contratante para realizar un proyecto, meta o labor específica a cambio de una remuneración u honorarios (dinero) en un tiempo determinado. Recuerde que si en su contrato se establece, además de la actividad que realiza, un horario específico, órdenes, registro de ingreso y salida, hasta parámetros de vestir que sean específicos; puede reclamar un contrato laboral directo.
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