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Si usted ya pensó en su pensión y además tiene entre sus planes trasladarse del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) al de Prima Media (RPM) o viceversa, recuerde que hoy en día en solo dos pasos podrá hacer el cambio. Además, es gratuito y no necesita de abogados e intermediarios. A continuación, con la ayuda de Colpensiones y de algunos fondos de pensión, le explicamos el proceso.
Paso 1
Desde hace dos años se implementó una Doble Asesoría del RAIS (Colfondos, Protección, Porvenir y Old Mutual) y RPM (Colpensiones) como requisito obligatorio a la hora de pasarse de fondo pensional. Esta asesoría fue exigida por la Superintendencia Financiera a través del decreto 2071 del 2016 y se garantiza como un derecho para todos los afiliados al sistema.
* Requisitos
De acuerdo con Carlos Buriticá, director de Colpensiones en Manizales, antes de realizar la asesoría, el fondo contará con 20 días para verificar si cumple con las condiciones para hacer efectivo este primer paso.
*Deberá tener cinco años (250 semanas) de afiliado en cualquiera de los dos sistemas y si usted tiene 10 años antes de cumplir la edad de jubilación, esta es su última oportunidad para mover sus pensiones.
"En las mujeres antes de cumplir los 47 años y en los hombre antes de cumplir los 52. No se pueden pasar de estas edades", advirtió Buriticá.
*Una vez aprobado el traslado, el agente revisará su historia laboral. Según el promedio de los últimos 10 años cotizados o el de su vida laboral (dependiendo lo que más le convenga) se determinará la mesada pensional aproximada que podría recibir.
* Certificado
Según Luz Dary Ospina, asesora de Porvenir, luego de que cumpla con la consulta obligatoria, debe solicitar un certificado o radicado como prueba. Se adquiere físicamente acercándose a la oficina o a través de su correo electrónico.
Paso 2
Luego tendrá que diligenciar con sus datos personales un formato de traslado. A los pocos días le llegará una carta de bienvenida. En ella le indicarán en qué fecha empezará a hacer sus aportes en el nuevo régimen. Si usted se arrepiente de la decisión, tendrá cinco días hábiles siguientes a su elección para retractarse.
Cambiar de una AFP a otra
*Debe haber cumplido con el requisito de permanencia de 6 meses en el fondo privado que se encuentre.
*Presente una fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150%.
*Acérquese a la oficina del nuevo fondo al que desea trasladarse.
Fondo Privado Vs Público
No vaya a tomar decisiones apresuradas. Según un informe del Ministerio de Hacienda, en 2015 el 88,4% de usuarios que se pasó de fondo privado al público no tenía la información suficiente y terminó tomando una decisión equivocada.
De allí la importancia de que usted reciba la doble asesoría. Pues cada sistema pensional varía según su situación laboral, personal y familiar. Conozca algunas diferencias.
*Edad
En la administradora pública debe tener una edad mínima para jubilarse: 62 años para hombres y 57 para mujeres. En una AFP, se puede pensionar de manera anticipada una vez tenga cotizado el capital necesario para lograr como mínimo el equivalente a un salario mínimo mensual.
*Ahorro voluntario
A diferencia de Colpensiones, en una administradora privada existe la opción de un ahorro voluntario para alcanzar sus metas. Puede aportar a una cuenta de pensiones educación, viajes o compra de vivienda, entre otros.
*Anticipación
Si tiene interés de aumentar la pensión o anticiparla, en un fondo privado se puede cotizar de forma adicional con un mínimo de $10 mil. Lo que se conoce como aporte voluntario y se puede hacer mensual u ocasionalmente. Mientras que en el público esta opción no es posible.
*Herencia
Si una persona que cotiza o es pensionada en régimen privado y fallece, estos ahorros se incluirán en la herencia. Sin embargo, si el usuario no tiene hijos o cónyuge, el dinero lo pueden heredar otros miembros de la familia (hasta el quinto grado de consanguinidad). En Colpensiones si no hay beneficiarios de ley, se extingue la pensión.
*Más trabajo
1.300 semanas (26 años) de trabajo debe cumplir para pensionarse en Colpensiones. En un AFP se ahorraría tres años, ya que necesita 1.150 semanas.
*Indemnización
En caso de que no cumpla con el capital necesario, la edad o las semanas para jubilarse, los fondos están obligados a devolverle el dinero. Tenga en cuenta que en el RPM la indemnización corresponde a las cotizaciones realizadas que están sujetas a la inflación y en el RAIS equivale a los aportes realizados más los rendimientos que estos hayan generado.
Régimen Público
*Afiliados
Según Carlos Buriticá, En el Eje Cafetero, Colpensiones tiene 395 mil afiliados. De los cuales 161mil 859 corresponden a Caldas, 82 mil a Quindío y 151 mil a Risaralda.
*Pensionados
Caldas: 40 mil 624
Quindío: 20 mil 426
Risaralda: 40 mil 274
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