MIGUEL ORLANDO ALGUERO
LA PATRIA | MANIZALES
"Tengo angustia porque el barranco se puede llevar mi rancho. La Alcaldía solo me dio plásticos y un subsidio de arrendamiento. No queremos plata, sino que nos solucionen este problema. Estamos en riesgo", expresó Carmen Emilia Martínez, dueña de la finca Mi Casita en Quiebra de Vélez, quien entuteló al Municipio.
Esto puso en aprietos a la Alcaldía y a la Unidad de Gestión de Riesgo (UGR) porque el Juzgado Tercero de Familia de Manizales falló a favor de Carmen Emilia para que se le reconozcan sus derechos a la vida, a un ambiente sano y a la seguridad, al igual que a su hija, Leidy Viviana, y a su nieta, Camila.
Asimismo, sancionó al alcalde, José Octavio Cardona, y al director de la UGR, Jairo López Baena, con cinco días de arresto y una multa por $1 millón 562 mil 484, por incidente de desacato al fallo de la tutela. Sin embargo, la decisión final la tiene el Tribunal Superior de Manizales.
Las partes
Carmen tiene 82 años y desde hace 60 vive en la finca. Según Leidy, la Personería y Corpocaldas visitaron el predio y gestionaron ayudas para resolver la situación.
"Gestión del Riesgo visitó, miró y se fue. Ni el alcalde ni Jairo López dan la cara, pero sí se toman la molestia de contestar tutelas y desacatos. Para ellos es muy fácil lavarse las manos con un subsidio de arrendamiento de tres meses y unos plásticos, cuando el problema es tan grave que no es mitigable como lo dijo Corpocaldas", afirmó Leidy.
López Baena puntualizó que su dependencia sí acató las ordenes del juzgado al relocalizar transitoriamente a la familia con un subsidio de arrendamiento de $250 mil, pedir monitoreo y asistencia técnica a Corpocaldas, e incluirlas en un programa de vivienda. Consideró que el juez omitió las pruebas presentadas por la Alcaldía y basó su argumento en lo dicho por Carmen y por eso falló a su favor.
Para la secretaria Jurídica, Isabel Cristina Cárdenas, el juez no leyó los documentos sobre el cumplimiento del fallo de la tutela, mientras que el alcalde en su cuenta de Twitter, afirmó: "El fallo no se cumple hasta que el Tribunal Superior desate la consulta. Demostraremos que la tutela sí se cumplió".
Según el expediente, Corpocaldas cuestionó la forma en que la UGR evadió su responsabilidad para atender el caso de manera preventiva.
Hechos
*Agosto del 2017
Carmen y Leidy acudieron a la Alcaldía para que mitigaran el riesgo en su finca, debido a que la ladera cedió. Al no tener respuesta fueron a la Personería y allí las asesoraron para presentar una acción de tutela.
*4 de septiembre
La afectada presentó la tutela al Juzgado Tercero de Familia para la protección de sus derechos fundamentales.
*15 de septiembre
El Juzgado ordenó a la Alcaldía y a la UGR hacer obras de mitigación y uso adecuado del manejo de aguas lluvias dentro del mes siguiente a la notificación; a Corpocaldas, brindar monitoreo y asistencia técnica, y advirtió que en caso de que el riesgo no fuera mitigable incluyera a las afectadas en un censo de hogares en zonas de alto riesgo para relocalizarlos y accedieran a programas de vivienda.
*Octubre del 2017
Carmen presentó ante el Juzgado el inicio de incidente de desacato contra la Alcaldía, la UGR y Corpocaldas por incumplimiento de términos.
*5 de febrero del 2018
El Juzgado le requirió al alcalde y al director de la UGR cumplir la orden judicial que no acató. Vencido los términos, los funcionarios indicaron que sí lo hicieron.
*22 de febrero
El Juzgado abrió un incidente de desacato al alcalde y director de la UGR por desobedecer el fallo. Se les dio tres días para presentar pruebas y se desvinculó a Corpocaldas.
*8 de marzo
El Juzgado sancionó al alcalde y al director de la UGR por no garantizar el restablecimiento de los derechos fundamentales en los tiempos establecidos.
*13 de marzo
Se radicó la sanción para consulta en el Tribunal Superior de Manizales para fallo final.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015