Hernán Penagos


Cursa en el Congreso de la república el proyecto de ley del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018. Si se quiere, el principal acto de política pública estructural del nuevo Gobierno. La Ley 152 exige la formulación de dicho plan como carta de navegación para el periodo constitucional del presidente electo.
La primera inquietud que surge, a pesar de la obligación legal, es la validez de una propuesta de esta naturaleza respecto de un Gobierno que acaba de ganar la reelección. En este caso podría pensarse, más bien, que simplemente debería avanzarse en las políticas que vienen trazándose durante el primer cuatrienio, sin necesidad de una ley de tanta envergadura.
En segundo lugar, se hace relevante evaluar que tan importante es una iniciativa como esta, donde generalmente después de su aprobación, poco se recurre a este instrumento a fin de hacer seguimiento a los compromisos allí descritos. No se trata de descalificar el citado proyecto, sino de llamar la atención acerca de darle mayor utilidad a una iniciativa que exige una gran movilidad del aparato estatal.
De otro lado, es costumbre observar la forma como las diferentes carteras aprovechan el plan de desarrollo para incorporar múltiples iniciativas normativas, relevando la necesidad de recurrir al Congreso de la república para presentar proyectos de ley independientes. Si observamos el proyecto presentado, vemos que se definen normas en materia de infraestructura, movilidad social, política agropecuaria, seguridad, justicia, etc., como mecanismos para la ejecución del plan. Lo importante es que no se trate de optar por un atajo legislativo para evitar debates de fondo frente a una propuesta determinada.
La pregunta radica en señalar si efectivamente el plan se constituye en una verdadera herramienta de política pública, o simplemente se constituye en un instrumento de seguimiento y ejecución de los proyectos nacionales.
Ya entrando a fondo en la propuesta, es importante resaltar la definición del artículo 3º donde se fijan tres pilares fundamentales del plan: Paz, que ratifica la voluntad del gobierno para lograrla. Equidad en la búsqueda de oportunidades para todos los colombianos, y Educación como instrumento de igualdad y crecimiento económico. Todo ello refleja lo que será el actuar de este gobierno para los próximos 4 años, lo que invita a los diferentes mandatarios regionales a encauzar sus directrices en estos propósitos.
La propuesta de regionalizar la patria, no solo a nivel nacional, sino incluso al interior de los departamentos, permite la toma de decisiones puntuales en un país altamente heterogéneo. Del mismo modo, ayuda como instrumento para la aprobación del presupuesto bianual de regalías y permite encausar la inversión de manera más juiciosa y equitativa.
Es oportuno recordar los principios constitucionales de descentralización y autonomía territorial que evoca nuestra carta, sobre ellos debe edificarse la formulación de política pública en el país. Si efectivamente el plan de desarrollo lo es, debería recoger postulados de esta naturaleza con mucha más profundidad, permitiendo dotar a las entidades territoriales de mayores instrumentos para el buen ejercicio de sus competencias.
En síntesis, el llamado es a construir un escenario integrador donde las regiones se sientan involucradas y que reivindique al municipio colombiano como la entidad territorial más importante de la estructura del Estado colombiano.
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