María Carolina Giraldo


La conformación de los gabinetes locales ha abierto, nuevamente, el debate sobre la participación política de las mujeres en Colombia. A pesar de los claros síntomas de discriminación en la toma de decisiones sobre lo público, estos no parecen resultar tan evidentes. Así las cosas, todavía se cuestionan las leyes que crean cupos especiales para la inclusión de las mujeres en los cargos de dirección del Estado. Por su parte, algunos mandatarios y funcionarios continúan incumpliendo con la obligación que les imponen estas normas.
En Colombia, las mujeres siguen siendo minoría en la conformación de los principales cargos responsables de la definición y ejecución de leyes, no mas políticas públicas y fallos judiciales. El 15% de las gobernaciones del país las dirigen mujeres y 12% de las alcaldías. Por su parte, solo el 21% de los miembros del Congreso son mujeres. En la Corte Suprema, compuesta por 23 juristas, solo 5 son magistradas, en el Consejo de Estado son 9 mujeres de 31 miembros y la Corte Constitucional solo ha tenido 3 magistradas desde 1991. Según el Índice de Brechas de Género de 2014 el país ocupa el puesto 67 entre 142 países, para este último informe Colombia había perdido 12 puestos con relación a la última medición.
En agosto pasado, un grupo de académicos y juristas envió al presidente de la República una petición para que integrara la terna para candidatos a la vacante de magistrado de la Corte Constitucional solo con mujeres, de manera tal, que la elección fuera femenina y el alto tribunal cumpliera, por primera vez, con lo consagrado en la ley de cuotas. Finalmente, la terna quedó integrada por un hombre y dos mujeres y la decisión del Senado, que casi nunca elige mujeres, fue por el hoy magistrado Alejandro Linares.
Con incluir un número representativo de mujeres en los cargos públicos no solo se busca una paridad simbólica, se trata también de tener en cuenta la perspectiva de género en la formulación, elaboración y ejecución de las normas y fallos judiciales que permitan disminuir la discriminación y reducir los sesgos machistas en las decisiones políticas. Adicionalmente, el país cuenta con mujeres con una excelente preparación para ocupar cualquier puesto en cualquiera de las ramas del poder público.
En Colombia las mujeres alcanzan más años de escolaridad superior que los hombres, sin embargo, siguen percibiendo una menor remuneración por su trabajo a pesar de tener las mismas capacidades y calificaciones, y en algunos casos mejores, a las de los hombres.
El Estado cuenta con las herramientas legales para fortalecer la participación de las mujeres en la toma de decisiones políticas, pero son normas sin dientes: pocos las acatan y no existen sanciones por su incumplimiento. La Ley 581 de 2000 y la Ley 1475 de 2011 establecen medidas explicitas para la inclusión de más mujeres en los cargos de libre nombramiento y remoción y en los de elección popular.
La conformación de los gabinetes de la nueva Alcaldía de Manizales y de la de Gobernación de Caldas no cumple con los requisitos de la Ley 581 de 2000. Esperemos que en una futura modificación de sus equipos de trabajo el alcalde y el gobernador recuerden su obligación de dar cumplimiento a esta norma y pongan algo de perspectiva de género en su gestión y en sus próximos nombramientos.
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