Augusto Morales


La reforma de 2015 a la justicia, promovida como panacea frente a lo que el Constituyente diseñó para ella en el año de 1991, obedeció ciertamente a comportamientos cuestionables de algunos funcionarios judiciales, a lo que se agregó la deslegitimación mediática a la que se le ha venido sometiendo. El objetivo resultó frustrado por su contrariedad con el espíritu de la Constitución, dando al traste con la intención que se tenía de incorporar elementos extraños no adecuados al aparato judicial.
La virtud de la 'prudencia', que debería ser una categoría o principio orientador de la actividad pública, especialmente de quienes ostenten las más altas dignidades del Estado, pareciera hoy reservada solo para los jueces y los diplomáticos; en tanto, su 'antónimo', ha llevado a ciertos líderes públicos a situarse en polémicos escenarios que dejan perpleja a una sociedad que carece de elementos básicos para pronunciarse sobre los batacazos que aquellos propician.
Es lamentable que cuando una sentencia judicial -las cuales siempre deberían acatarse con todo el respeto y consideración como ejemplo para toda una sociedad- afecta el interés de alguna persona pública, se reacciona buscando deslegitimar socialmente a la institución que la profiere, y es en ese despropósito donde empieza a generarse y cultivarse desconfianza en el aparato judicial.
Mucha vicisitud tuvo el proceso público electoral promovido contra la reelección del actual señor procurador general de la Nación; de un lado, agobiado por el mismo tránsito que hizo de la Sección Quinta (la de asuntos electorales y la originariamente competente con 4 magistrados) a la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo (27 magistrados); y de otro, por las múltiples dilaciones a la que la actuación procesal se vio sometida, muchas de las cuales escapaban al control del funcionario director del proceso, como el mismo doctor Ordóñez lo sabe con creces; a quien por demás conocí en su amplia incursión como funcionario judicial, en la que hizo gala de la prudencia de juez probo en una de las cimas de la justicia colombiana.
Pero expresarse que el fallo de nulidad dictado es resultado de supuestas presiones o acuerdos externos ajenos al Consejo de Estado, es poner una vez más un manto de duda ante la opinión pública la independencia y pulcritud de la justicia, contribuyéndose así con más aires de deslegitimación al imprescindible oficio de todos los jueces que denodadamente buscan el restablecimiento del imperio de la Constitución y las leyes, elucubraciones que representan un nuevo escopetazo a la Rama Judicial.
Y aunque sea iluso creerlo, si in extremis se llegara a interpretar que la decisión judicial es en verdad resultado de esos acuerdos, pues curiosamente lo que entonces están buscando, más que sacrificar a un servidor público, es que se erradique también uno de los vicios o prácticas más censurables que se había entronizado en la administración del Estado, y que en buena hora el Consejo de Estado le ha puesto cortapisa o interdicción.
El llamado es especial. Que funcionarios y ciudadanía en general defendamos íntegra y desinteresadamente las instituciones democráticamente constituidas, propendamos siempre porque sean cada vez mejores, que confiemos en la realización de los fines colectivos que se les ha asignado; solo de esa manera los servidores públicos recuperarán el prestigio perdido y se podrá exigir auténtica responsabilidad de quienes se apartan de sus cometidos.
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