DIEGO FERNANDO HIDALGO
LA PATRIA | MANIZALES
El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) quiere garantizar la procedencia y la calidad del material vegetal, además de prevenir la introducción y diseminación de enfermedades y plagas de la papa en Colombia.
Por eso establecerá los requisitos que deben cumplir todos los cultivadores de este producto que se quieran inscribir ante la entidad. LA PATRIA presenta algunos puntos que contendrá la resolución, que estuvo hasta ayer en consulta pública para sugerencias.
Toda persona natural o jurídica que se dedique a la producción de papa tendrá que registrar el predio ante la gerencia seccional del ICA. Debe entregar los siguientes datos:
La seccional de ICA contará con 15 hábiles, contados a partir de la fecha de radicación de la solicitud de registro, revisará la información y los documentos. Si se requieren aclaraciones, podrá conceder un plazo máximo de 15 días hábiles.
La entidad dispondrá de hasta 15 días hábiles para hacer la visita técnica de verificación de los requisitos. Luego, se elaborará un acta suscrita por ambas partes, en la que conste que se realizó el análisis.
Si el concepto técnico es aprobado, la seccional del ICA expedirá el registro del predio productor de papa.
Si es rechazado, esa entidad, mediante oficio, le devolverá al productor toda la documentación dentro de los 15 días
hábiles.
El ICA cuenta con ocho días hábiles para expedir el registro del predio. Estará vigente durante el tiempo que dure el ciclo del cultivo.
El titular del registro del predio deberá solicitar la modificación del mismo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la ocurrencia de cualquier cambio en la información entregada inicialmente.
El registro otorgado a los predios productores de papa podrá ser cancelado:
Quien obtiene el certificado debe tener una carpeta con documentos sobre información de la producción de papa por especie y variedad. y del manejo fitosanitario y/o cultural del predio productor de papa.
El ICA podrá requerir muestreos y análisis de laboratorio para evaluar la condición fitosanitaria del predio.
Deberán registrarse un mes antes de la siembra.
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