ALBEIRO RUDAS
LA PATRIA | ANSERMA
El viernes, al filo de las 7:00 de la noche, el caos se apoderó de Anserma no solo en su comercio sino en su transporte urbano. Empezó a circular un audio de la Secretaría de Gobierno anunciando toque de queda y Ley Seca desde esa hora.
Ese audio incluía el aviso de que pronto se daría a conocer el decreto municipal. Solo hasta el sábado, en la página de Facebook de la Alcaldía, apareció el número del decreto: el 08 del 14 de enero.
Varios comerciantes se negaban a cerrar y la Policía, uno a uno, empezó a avisar que había que cerrar los establecimientos a partir de las 7:00 de la noche.
El Gobierno nacional expidió la circular 618 del 15 de enero en la que entrega recomendaciones a los departamentos, con base en su porcentaje de ocupación de UCI, para restringir la circulación de personas entre las 8:00 p.m. y las 6:00 a.m., desde el 15 hasta el 22 de enero.
Sin embargo, en Anserma no operó esta recomendación y decretaron toque de queda desde las 7:00 p.m., desde el 15 de enero hasta el 1 de febrero.
Estas son las disposiciones
-Toque de queda y Ley Seca: todos los días a partir del 15 de enero del 2021 hasta el 1 de febrero del 2021 entre la 7:00 p.m. y las 5:00 a.m. en todo el territorio municipal.
-Toque de queda para menores de edad: a partir del viernes 15 de enero de 2021 a las 7:00 p.m. hasta 1 de febrero del 2021 a las 5:00 a.m. para menores de edad de manera permanente, es decir que no podrán salir a las calles, a menos que se encuentren autorizados por autoridad competente.
-Toque de queda especial: para toda la población desde el viernes 22 de enero a las 7:00 p.m. hasta el lunes 25 de enero a las 5:00 a.m.
Excepciones
Mientras el decreto nacional contempla cerca de 46 excepciones para los toques de queda, el decreto municipal las reduce a solo cinco:
a. Funcionarios del municipio de Anserma, debidamente autorizados por la autoridad correspondiente.
b. Trabajadores y operarios que por la naturaleza de sus funciones deban transitar por el territorio ansermeño, los cuales deben identificarse con el respectivo carnet o documentos.
c. Quienes estén debidamente acreditados como miembros de Fuerza Pública, Ministerio Público, Defensa Civil, Cruz Roja, Cuerpo Oficial de Bomberos, Rama Judicial, Organismos de Socorro, y Fiscalía General de la Nación.
d. Vehículos que se movilicen por emergencias médicas, atención hospitalaria, y distribución de medicamentos o cualquier caso de urgencia debidamente comprobada.
e. Estas excepciones se plasman sin perjuicio de las expedidas por el Gobierno nacional.
Pico y cédula
El pico y cédula no cobija restaurantes, parques públicos ni lugares abiertos. Así lo dice la circular externa del Ministerio del Interior. Sin embargo, el Decreto municipal 08 no incluye esta recomendación y cobija todas las actividades comerciales.
La covid en Anserma
Anserma presenta 625 contagios, 447 recuperados y 39 fallecimientos. El hospital San Vicente de Paul declaró la alerta roja. El director de la Territorial de Salud de Caldas, Carlos Iván Heredia, pidió colaboración a la ciudadanía y argumentó que desde lo económico el país no aguanta otro cierre masivo y subrayó que las IPS no pueden volver a la prohibición de otros procedimientos porque ello también afectaría sus arcas.
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