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Hugo Gómez, concejal desde el 2002 en Norcasia.
LA PATRIA | Manizales
En Norcasia tambalea la curul del concejal Hugo Gómez, liberal. El asunto tiene que ver con la tienda La América, que por años ha funcionado en la casa donde vive Gómez, y con la cual la Alcaldía del municipio adelantó contratos.
El Tribunal Administrativo de Caldas decretó, en primera instancia, la pérdida de investidura del concejal al considerar que violó el régimen de inhabilidades al cual estaba sujeto como aspirante al Concejo.
El demandante es José Pardo, actual presidente del Concejo y quien es del Partido de la U, por lo que el demandado ha calificado la situación como una persecución política.
El Tribunal se enfocó en interrogantes como: ¿intervino el concejal en los contratos?, ¿por un interés propio o de un tercero?
Pardo, en su demanda, indica que el concejal simuló vender la tienda, dando a entender que lo hacía para que desde allí se pudieran efectuar contratos, en ese entonces con las administraciones de alcaldes liberales como Alberto Orduy (2008-2011).
Cita que en enero del 2007 se la vendió a Ruth de Jesuś Puerta, su suegra. "...pero él sigue siendo el propietario, es así que él vive en el mismo inmueble donde funciona el establecimiento de comercio...".
Agrega que en enero del 2008 la suegra también fingió vender el negocio a Elkin Alfonso Zapata, sobrino del concejal demandado. "El 7 de julio del 2010 Nubia Herrera aparentó comprar el negocio, situaciones que no impidieron que Hugo Gómez siguiera como propietario y administrador y residiendo allí con su familia", añade Pardo.
La matrícula
El demandante asegura que el 12 de julio del 2010 Herrera canceló la matrícula mercantil de su establecimiento ante la Cámara de Comercio de La Dorada. Sorpresivamente el mismo día Luz Bania Londoño, esposa del concejal, se registró como persona natural comerciante propietaria de la Tienda Roja Norcasia, ubicada en la misma dirección de la Tienda América y con idéntico objeto social y patrimonio.
Pardo demandó por considerar que los negocios jurídicos fueron fraudulentos con la finalidad de eludir la inhabilidad de Gómez. Desde el 2003 hasta el 2011 expone que la Alcaldía celebró cerca de 40 contratos, por $40 millones, con tienda La América, que incluyeron provisión de uniformes, combustible, alimento, implementos de oficina y aseo.
"...el verdadero contratista era Gómez, quien aprovechó su investidura de concejal y su cercanía con los mandatarios anteriores, de su partido por demás, para hacerse a los mismos y obtener de ellos beneficios económicos", concluye Pardo.
Lo que tiene en riesgo la curul del concejal son los contratos efectuados dentro de los 12 meses previos antes de su elección, la que logró en las elecciones de octubre del 2011.
La otra parte
El concejal Hugo Gómez respondió que desde el 16 de enero del 2007 enajenó el establecimiento de comercio La América, según consta en el certificado expedido por la Cámara de Comercio de La Dorada. Por lo que ninguno de los negocios relatados por el accionante fue fingido. Enfatizó que Nubia Herrera efectivamente pidió el 12 de julio del 2013 la cancelación de la matrícula mercantil de su establecimiento de Cmercio en razón de las bajas ventas.
Aceptó que su cónyuge se registró como persona natural comerciante y propietaria del establecimiento comercial Tienda Roja Norcasia. Eso sí, se defendió señalando que quien contrató con el Municipio fue Nubia Herrera, y lo hizo hasta el 31 de diciembre del 2011.
El concejal insistió en que en los contratos entre la Alcaldía y la tienda La América nunca figuró como propietario, por lo que no violó el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, ni ha sido contratista de la Alcaldía.
En relación con las simulaciones de venta expresó que esa figura jurídica debe ser declarada por un juez y en el expediente no obra prueba conducente e idónea que pruebe las afirmaciones del demandante.
El Tribunal, por su parte, conceptuó que el concejal valiéndose de su condición de administrador de la tienda intervino con interés propio y de la propietaria de ese bien (la misma contratista) al menos en el contrato 245-10, de suministro de refrigerios y cena de clausura de sesiones del Concejo.
Este fue celebrado entre Herrera y la Alcaldía el 3 de noviembre del 2010, es decir, dentro del año anterior a la elección de Gómez como concejal.
Para el Tribunal esto configura intervención del concejal en celebración de contratos con una entidad pública y existencia de un interés propio o de terceros. Esto, concluye, concreta la causal de pérdida de investidura, sobre lo cual el Consejo de Estado tiene la última palabra.
El otro caso
La Alcaldía pasada tomó en arriendo desde el 2 de julio del 2010 un lote para la Casa de la Cultura. Todo parecía normal. Sin embargo, al situación la demandaron porque el predio es del concejal Nelson Reina, quien como concejal no podía contratar con el Municipio. El Tribunal Administrativo de Caldas determinó la pérdida de investidura del concejal liberal, por violar el régimen de incompatibilidades. Reina apeló de la decisión ante el Consejo de Estado: "Creemos que no hicimos nada malo, empezando porque yo no firmé nada".
Un abogado explicó que un concejal puede apelar ante el Consejo de Estado siempre y cuando considere que cuenta con argumentos válidos y de peso. La apelación llega a la Sección quinta, encargada de los asuntos electorales. "Lo lógico es que el proceso demore 20 días, como lo establece la Ley 144, pero eso nunca se cumple porque hay casos que se extienden hasta meses", indicó.
Dice la Ley
Los concejales, según la Ley 136 de 1994, "no podrán ser apoderados ante las entidades públicas del respectivo municipio o ante las personas que administren tributos procedentes del mismo, o celebrar con ellas, por sí o por interpuesta persona, contrato alguno...".
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