LA PATRIA | MANIZALES
El Consejo de Estado revocó la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Manizales y en su lugar negó las pretensiones de nulidad electoral contra el acto de elección de Gustavo Adolfo Gómez Naranjo como personero de Aranzazu, para el periodo 2020-2024. La magistrada ponente fue Rocío Araújo Oñate,
La demanda fue de Stefanía Giraldo González y la presentó el 4 de febrero del 2020. Dijo que es nulo el acto de elección constituido en la Resolución N° 5 de fecha 22 de enero del 2020, suscrito por el Concejo Municipal de Aranzazu, por medio del cual se declaró la elección, “porque se citó y se aplicó prueba de entrevista solo a algunos de los inscritos en la convocatoria del concurso”.
La decisión no tiene recursos.
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