LISET ESPINOZA
LA PATRIA | MANIZALES
Los conflictos sociales entre los representantes de las Juntas de Acción Comunal (JAC) rurales y los exgobernadores y cabildantes del Resguardo Indígena de San Lorenzo (Riosucio) vienen desde el 2008 cuando Jesús Alberto Cardona era el alcalde.
Según José Edilberto Gañan Betancourt, exgobernador del resguardo e integrante del cabildo, el detonante fue que el entonces mandatario dijo que no se entendía con ningún cabildo ni con ningún resguardo. Solo con las JAC.
Esa expresión provocó que la comunidad indígena representada por el exgoberndor y exalcalde Abel David Jaramillo instaurara en el 2009 una acción de tutela, que después de dos años tuvo efectos, pues un fallo de la Corte Constitucional ordenó la suspensión las JAC de la zona rural.
En el municipio existen 118 juntas constituidas, pero las afectadas por la sentencia son 102 que solo podrán desarrollar sus actividades hasta que se cumpla el proceso de consulta previa con la comunidad y hasta ahora no se ha hecho.
Divididos
Gañan Betancourt aclaró que la tutela no fue contra las JAC, sino contra la Alcaldía por desconocer la concertación con las autoridades tradicionales.
“Para el alcalde las JAC eran el organismo que podía concertar o dialogar para la ejecución de presupuesto dentro del resguardo, desconociendo que Riosucio tiene cuatro resguardos indígenas”, dijo.
Agregó que también desconocieron los cabildos y que de acuerdo a la normatividad especial para pueblos indígenas los cabildos son la máxima autoridad dentro de esos territorios.
“Dentro de la legislación, el Ministerio del Interior dice que dentro de un resguardo no debe haber JAC porque en el resguardo la autoridad es el cabildo y no puede haber otra instancia. El cabildo es el interlocutor entre la comunidad y el Gobierno sea Municipal, Departamental o Nacional. Las JAC son importantes, pero donde no es territorio indígena”, aseguró.
Diego Fernando Trejos, miembro de la JAC de la vereda Jordán y delegado de la Asociación de juntas del municipio, dijo que la preocupación es alta y que Riosucio está en un desorden social porque quienes no se consideran indígenas, sino campesinos cuentas con derechos adquiridos por la Constitución.
"Estamos dispuestos a continuar con las juntas a pesar del fallo porque quienes no nos censamos, contamos con escrituras públicas y si no queremos saber nada de resguardos porqué nos tienen que obligar a ser indígenas. Están violando los derechos de la libre asociación", sostuvo.
Óscar de Jesús Largo Cañas, miembro de la JAC de la vereda La Iberia, comparte el pensamiento de Diego e indicó que al municipio lo hicieron resguardo a partir de 1994 y que antes se hablaba de población mestiza, pero con la Constitución de 1991 Riosucio aprovechó, mediante compendio jurídico, para crear una estructura a nombre de la etnia embera chamí.
"Las comunidades tienen derecho a organizarse. Quien no se censa y tiene la disposición de reclamar está siendo sancionado y lo separan de los beneficios del Estado. Hasta pretenden instaurar una EPS propia (Miga salud) para desplazar la medicina occidental", anotó.
Más afectados
Para José Eldibier Dávila Bueno, presidente de la JAC de la vereda Llano Grande, el panorama es triste porque los resguardos les están vulnerando los derechos constitucionales. "Hace cinco años mi hija no recibe un subsidio porque no me censé con ellos y no me identifico como indígena”.
José Germán Gañán Largo, presidente de la JAC de la vereda Lomitas, dijo que no saben cuál es la lengua materna que usan y tampoco que es la embera chamí. "A los programas como Adulto Mayor y Familias en Acción no tenemos derecho a ellos si no nos censamos como indígenas”.
José Bueno, Presidente de la JAC de la vereda blandón, afirmó “La gente está preocupada porque las JAC no tienen su accionar debido a la sentencia y eso se cataloga como la violación de derechos. Las funciones de nosotros son en aspectos sociales y reclamamos ese derecho al Estado".
Zona urbana
El problema no solo lo viven las JAC de la zona urbana. Según Asdrúval Rivera, presidente de la JAC del barrio Villa Colombia, el casco urbano también está afectado pues de las 34 juntas que hay solo reconocieron 16.
“No entiendo hasta dónde el resguardo tiene derecho a censar en la zona urbana. Hay barrios que dicen que son indígenas”, dijo.
Darío Edgardo Tapasco, secretario de Gobierno de Riosucio, explicó que la situación se da porque debido a la distribución territorial del municipio, es decir, los límites de algunos resguardos de origen colonial (Cañamomo-Lomaprieta y Escopetera y pirza) entran a lo urbano. "Las autoridades indígenas han planteado que hasta que no se defina en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial cómo quedarán estas comunidades y mientras se autorreconozcan como resguardo no podrán operar las JAC allí", explicó.
Agregó que por tal motivo, la Alcaldía adelantó el proceso para nombrar JAC en los barrios que están por fuera de los límites de los resguardos.
Desde la Administración
El secretario de Gobierno también aseguró que con la sentencia el conflicto entre las partes se agudizó. "Esta sentencia es únicamente para San Lorenzo, pero los resguardos restantes interpusieron una acción de tutela ante el Juzgado Municipal el cual emitió otro fallo respaldado en la sentencia 611", dijo.
Aclaró que la situación no ha cambiado y que las JAC siguen luchando para recuperar sus personerías jurídicas, pero que como Administración no tienen competencias para referirse al tema a no ser que se encuentre un medio jurídico diferente al actual para tomar cartas en el asunto.
Wílder Escobar Ortiz, secretario de Integración y Desarrollo Social de Caldas, expresó que el departamento no tiene ninguna competencia para desacatar el fallo, pero algunos campesinos le solicitaron generar un espacio en el archivo departamental para tener en custodia los documentos y actas realizadas durante su ejercicio como JAC hasta que se defina el contenido de la sentencia.
Los Resguardos
*La Montaña
*Cañamomo-Lomaprieta
*San Lorenzo
*Escopetera Pirza
La consulta previa es solo para las comunidades étnicas, quienes, cuando consideren que una acción vulnera sus derechos, la exigirán.
Paso a paso
*El Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Riosucio el 18 de diciembre de 2009 negó las pretensiones del cabildo.
*Luego el caso se llevó al Tribunal de Caldas donde el juez también falló en contra del resguardo indígena.
*El caso es llevado a la Corte y en el 2011 falló revocando los fallos anteriores y con la sentencia T601 plantea suspender el accionar de las JAC.
En Supía
Omairo Ayala, alcalde de Supía, afirmó que las 12 comunidades que hacen parte del resguardo indígena Cañamomo-Lomaprieta en ese municipio no han tenido problemas con las JAC, pues estás últimas no operan dentro del resguardo.
Foto | Martha Monroy | LA PATRIA
Los líderes de las Juntas de Acción Comunal buscan mecanismos para poder desempeñar sus funciones en sus veredas.
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