MARTHA LUCÍA GÓMEZ
LA PATRIA | MANIZALES
Miguel Antonio Cuesta, uno de los dos abogados que piden anular la elección del suspendido gobernador de Caldas, Guido Echeverri, asegura que el Consejo de Estado (CE) ha dado garantías plenas en el proceso. Sin embargo la defensa solicitó celeridad.
El pasado miércoles, Alejandro Franco, abogado del grupo defensor del gobernador, envió a la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez de la Sección Quinta del CE una solicitud de acelerar la petición para que sea la Sala Plena del CE, no la Sección Quinta, la que asuma el caso y falle. Dice que Bermúdez aceptó en audiencia del pasado 3 de marzo tramitar la petición, pero que no lo ha hecho (ver recuadros).
Cuesta sostiene que el proceso está listo para alegatos de conclusión y entrar a sentencia, pero que no se ha hecho porque apoderados y coadyuvantes del gobernador hicieron esta petición. "Estamos esperando que se surta ese trámite. La Sección sabrá si acoge esa petición". LA PATRIA dialogó con el demandante.
Insustancial
¿Considera que se han dado las garantías jurídicas para las partes?
Defensores y coadyuvantes del gobernador Echeverri han interpuesto los recursos disponibles, todos: recusaciones, tutelas, apelaciones. Se le han garantizado todos los derechos al demandado.
¿A usted como demandante, también le han dado las garantías suficientes?
No tengo queja. El CE en esto ha sido suficientemente justo.
Su argumento esencial es que hubo una reelección, la defensa del gobernador asegura que no. ¿Cómo sigue sustentando su posición?
Insistimos en que se violó el Artículo 303 de la Constitución, que prohíbe la reelección de gobernadores y del presidente de la República. Hay principios de primacía de la Constitución sobre otras consideraciones, como el cambio de la jurisprudencia del CE; en fin, las cosas que han querido sustentar como alegaciones de la defensa. Ninguna puede oponerse al principio fundamental de primacía de la Constitución.
Según la defensa, por haber existido una elección posterior a su primer periodo como gobernador, no hubo reelección. ¿Cómo lo considera?
El argumento es insustancial. En donde la Constitución prohíbe no hay argumento. Se ha tratado de hacer el esguince a eso buscando vías de interpretación, que no son las adecuadas.
Connotaciones políticas
¿Cree que el CE definirá el asunto en Sala Plena, como pide la defensa?
No creo que la Sala Plena vaya a emitir el fallo, pero está en todo su derecho de aceptarlo. De cualquier manera, estoy muy seguro de que se va a decretar la nulidad del nombramiento del gobernador Echeverri.
Se ha dicho que esta demanda tiene interés político. ¿Insiste en que su interés es académico?
No puedo dar una sustentación distinta, pero si se quiere valorar desde el punto de vista político, desde luego el caso tiene connotaciones políticas. Se trata del cargo de un gobernador y está afectada una población importante en Caldas. Pero lo político tiene que ver con definir, bajo los principios constitucionales, si es posible que después de que él fue gobernador y esa elección fue decretada nula, podía volverse a postular en el periodo siguiente, cuando no se puede. Por algo se llama Constitución Política de Colombia.
1. "No se hace la petición porque no haya confianza de las decisiones de la Sección Quinta, pero desde la suspensión ha dejado entrever que quieren cambiar su posición jurisprudencial. El marco jurídico cuando él (gobernador) se inscribió era uno y posiblemente quieran cambiarlo".
2. "No se ha tratado de hacer un esguince a la Constitución, para nada. Los demandantes están interesados en sus pretensiones de demanda, y es que se anule la elección. En la audiencia inicial se fijó el litigo y hay múltiples interpretaciones y problemas jurídicos que la misma Sección Quinta consideró que deben resolverse en sentencia".
* Está respaldada en la defensa de los derechos políticos de los caldenses y del sistema democrático, pues si se declara nula la elección y faltan menos de 18 meses para terminar el periodo para el cual fue electo el gobernador Echeverri (2016-2019) no se convocará a elecciones atípicas. Se designará un gobernador (e) para el resto del periodo.
* Se pretende que el caso, de importancia jurídica y trascendencia social, se defina lo más pronto posible, conociendo la complejidad e importancia de los asuntos que se tramitan en la Sección Quinta y ante la Sala Plena del CE.
* La figura del encargo para posiciones de elección popular vulnera derechos constitucionales fundamentales del elegido y de los electores a quienes se les desconocen y violan los efectos de su voluntad.
El otro abogado demandante es el samario Rafael Calixto Toncel, que representó jurídicamente a Echeverri en el 2013, antes de que la Sección Quinta del CE anulara su elección como gobernador por violación al régimen de inhabilidades.
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