DIEGO FERNANDO HIDALGO
LA PATRIA | MANIZALES
“En el caso de motocicletas, se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa”. Esta frase, consignada en varios de los apartes del artículo 21, de la Ley 1383 del 2010, que reformó el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 del 2002), muestra lo que muchos consideran la inequidad a la hora de comparar las sanciones para los conductores de moto y de particular.
Aunque muchas infracciones sancionan con inmovilización a ambos actores, existen otras, como por ejemplo el no detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo y/o una señal de Pare, en las que al particular le da comparendo y al motociclista, inmovilización. Además, este último no puede retirar el vehículo hasta que pague el parte.
Sin embargo, la Resolución 3027 del 26 julio del 2010, del Ministerio de Transporte, señala en uno de sus apartes sobre la inmovilización, que “bajo ninguna circunstancia será condición para la entrega de vehículos inmovilizados, el pago del valor de la multa señalada para la infracción”. Pese a eso, en derecho una ley está por encima de una resolución.
Las dos voces
Juan Felipe Álvarez, secretario de Tránsito y Transporte de Manizales, se refirió a la misma Ley 1383 y explicó que en ella existe una categoría de multas, la D. De la 3 a la 7, los infractores deben pagar 30 s.m.m.v. En estas se hace la salvedad de que si el infractor es un motociclista, se le inmoviliza el vehículo y se le entrega solo cuando cancele el ciento por ciento de la multa.
"El tema lo ha debatido la Corte Constitucional y determinó que se ajusta a la Constitución. Comparto esa posición, pues es una medida de protección que se toma al sacar de circulación las motocicletas hasta que se pague la multa, pues están en juego la vida y la integridad física de varias personas. No creo que se restrinja el derecho al trabajo, porque el conductor puede seguir laborando, aunque no en su vehículo. Obligar a pagar la infracción para sacar la moto es un planteamiento razonable, pues se cometieron infracciones graves y, además, las motos son las más involucradas en los accidentes".
Mico en la ley
La posición de Alejandro Rubio, Presidente de la Asociación Colombiana de Motociclistas, es diferente. Aseguró que todo obedece a que en la Ley 1383 se metió un mico que lleva a que las sanciones no sean equilibradas. Al parecer, el movimiento MIRA, autor de la iniciativa, buscará remediar esta situación.
"No es secreto que los motociclistas aportamos en la accidentalidad, pero es más un tema que se debe trabajar desde lo educativo. Alguien pretende bajar esos niveles sancionando más a los motociclistas y restringiendo su movilización".
De otra parte, la Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que declare contrario a la ley la medida de inmovilizar las motocicletas.
Según el Ministerio Público, con esta disposición se incurre en sanciones adicionales para asegurar el recaudo de la multa, lo que resulta arbitrario, ya que existen otros medios adecuados para lograr el cobro de estos dineros. Así mismo, señala que la inmovilización vulnera la libertad de circulación y en algunos casos el derecho al trabajo, la libre escogencia de profesión u oficio, entre otros.
Las motos adquieren importancia
El más reciente estudio sociodemográfico (2012), elaborado por el Comité de Ensambladoras Japonesas en Colombia, encuestó a 27.262 personas que adquirieron una motocicleta nueva en el 2012. De allí se destaca que el 21,6% la compraron como una fuente de ingreso.
En 2015 habrá dos motos por cada carro
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Según el Gobierno, la cifra de motos seguirá en ascenso y la de los vehículos nuevos va en descenso. Mientras el mercado de los vehículos nuevos espera repuntar en este último trimestre del 2013, la venta de motos continuará creciendo a un ritmo constante del 20 por ciento anual como hasta ahora, según proyecciones del Gobierno.
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Si la baja comercialización de vehículos se mantuviera intacta, comenzando el 2015 la cantidad de motos duplicaría la cantidad de particulares.
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Actualmente hay en el país 8 millones de vehículos registrados, de los cuales 4,8 corresponden a motocicletas y 3,5 millones a carros.
Lo que da inmovilización*
Vehículo no automotor o de tracción animal
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Cuando se conduce por la vía férrea o por zonas de protección y seguridad.
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Transitar por zonas restringidas o por vías de alta velocidad como autopistas y arteria.
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Si se presta servicio público. La primera vez, por cinco días; la segunda, por 20 y la tercera, por 40.
Servicio público
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Conducir un vehículo autorizado para prestar servicio público con el taxímetro dañado.
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Vehículos que usen para su movilización combustibles no regulados como gas propano.
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Cambio del recorrido o trazado de la ruta.
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Conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinógenas.
Particular
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Transitar sin la revisión técnico-mecánica o con ella vencida.
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Por 24 horas, si el carro emite polvo, partículas o humos provenientes de una carga descubierta.
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Conducir sin licencia, con ella vencida o adulterada. Presentar licencia ajena.
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Manejar con placas adulteradas, falsas, sin placas o sin el permiso vigente para ello.
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No informar a la autoridad de tránsito del cambio de motor o color de un vehículo.
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Estacionar en sitios prohibidos.
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Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas.
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Conducir un vehículo escolar sin el permiso respectivo o los distintivos reglamentarios.
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Conducir un vehículo de carga en el que se transporten materiales de construcción o a granel sin las medidas de protección.
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No asegurar la carga para evitar que caigan en la vía las cosas transportadas.
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Transportar carga de dimensiones superiores a las autorizadas
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Conducir un vehículo cuya carga o pasajeros obstruyan la visibilidad del conductor.
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Transportar carga en contenedores sin dispositivos especiales de sujeción.
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Manejar sin el SOAT.
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Usar el carro para un servicio diferente al permitido.
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Vehículos que usen para su movilización combustibles no regulados como gas propano.
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Conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinógenas.
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Transportar sustancias peligrosas.
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Cambiar, modificar o adulterar los números de identificación del motor, chasis o serie.
Moto
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Transitar sin la revisión técnico-mecánica o con ella vencida.
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Conducir sin licencia, con ella vencida o adulterada. Presentar licencia ajena.
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Manejar con placas adulteradas, falsas, sin placas o sin el permiso vigente para ello.
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No informar a la autoridad de tránsito del cambio de motor o color de un vehículo.
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Estacionar en sitios prohibidos.
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Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas (después de las 11:00 p.m.).
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Transitar en sentido contrario.
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No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de Pare o un semáforo intermitente en rojo.
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Conducir sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
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Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta.
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Realizar maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas.
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Conducir un vehículo sin luces o sin dispositivos luminosos de posición, direccionales o de freno, o con alguna de ellas dañada. Se inmoviliza cuando no le funcionen dos o más.
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Conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinógenas.
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Transportar al tiempo personas y sustancias peligrosas
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Fuentes: Resolución 3027 del 2010 (capítulo 6) y Ley 1383 del 16 de marzo del 2010.
Los comparendos en la ciudad
Comparendos
Año Particular Público Moto Total
2011 11.779 3.985 11.185 26.949
2012 13.902 3.998 19.816 37.717
2013 10.886 3.045 14.371 28.302
Total 36.567 11.029 45.372 92.968
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Costo grúa moto: $43.424
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Costo grúa carro: $98.243
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Valor del patio al día para moto: $6.819
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Para vehículo: $12.025
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De $29 mil millones es la cartera morosa por infracciones de tránsito.
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Corresponden a 38 mil deudores de 74 mil multas.
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El 50% de los que cometen infracciones se convierte en deudor y no comparece.
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El 70% de los deudores son reincidentes y en el 35% de los accidentes que se presentan al mes en la ciudad están implicados los morosos.
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En promedio, cada uno debe $1 millón 200 mil.
Parque automotor
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119.118, el parque automotor en Manizales.
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52 mil 957 son motos.
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66.161, otros vehículos
Infracciones más comunes en Manizales
Moto
Infracción 2011 2012 2013
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Conducir sin observar las normas establecidas (zigzag, contravía, andenes otros) 4.988 8.711 5.357
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No realizar la revisión tecnico-mecánica 1.138 2.315 2.655
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Conducir sin licencia 1.085 1.510 1.086
Particular
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Exceso de velocidad 2.723 1.196 1.114
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Estacionar en sitios prohibidos 1.588 3.053 2.445
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Hablar por celular al conducir 841 1.022 870
Público
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No usar el cinturón de seguridad 309 308 193
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No obedecer a las indicaciones de tránsito 277 318 477
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Estacionar en sitios prohibidos 239 376 275
Nota: Servicios de Tránsito de Manizales ofrece la posibilidad de hacer acuerdos de pago para cancelar las multas, hasta 48 cuotas, sin intereses.