
COLPRENSA |LA PATRIA
Queda poco más de un mes para que los jóvenes entre 18 y 25 años de edad, no bachilleres, que aún no hayan definido su situación militar, lo hagan. En 12 zonas del país y 60 distritos militares se está adelantando una jornada de incorporación que irá hasta el 12 de septiembre.
Esas 12 zonas de reclutamiento están en Tunja, Barranquilla, Cali, Medellín, Bucaramanga, Ibagué, Villavicencio, Armenia, Neiva, Montería y Bogotá. De acuerdo con la Jefatura de Reclutamiento del Ejército, definir la situación militar no quiere decir que necesariamente todos los ciudadanos convocados prestarán servicio.
Por eso, es importante que quienes sean inhábiles o tengan alguna exención de ley, también se presenten para evitar ser considerados remisos e incurrir en las sanciones estipuladas por la Ley 48 de 1993.
Los 13.600 jóvenes seleccionados para prestar servicio militar harán parte de las diferentes unidades tácticas del país durante 18 meses.
La Jefatura de Reclutamiento hizo un llamado a todos los ciudadanos para que no permitan ser estafados por tramitadores durante el proceso de definición de la situación militar. El trámite se hace personalmente en los distritos militares.
Toda la información que los ciudadanos requieran en cuanto a su fecha de citación, su situación militar actual, direcciones y teléfonos de las zonas y distritos militares se pueden consultar a través de la página web www.reclutamiento.mil.co, o los medios interactivos de esa fuerza: Twitter: @RECLUTAMIENTOCO, Facebook: Jefatura de Reclutamiento o las líneas telefónicas 3362211 ext. 302- a la 306 en Bogotá, o la línea nacional 018000111920.
REQUISITOS
• Ser colombiano.
• Soltero.
• Mayor de 18 años.
• Ser considerado apto por los comités de aptitud psicofísica de los Distritos Militares.
• Fotocopia documento de identidad ampliado al 150%.
• Si el ciudadano tiene alguna inhabilidad física o exención de ley debe presentar los soportes correspondientes.
EXENTOS DE PRESTAR SERVICIO MILITAR
La Ley 48 de 1993 determina que aquellos ciudadanos exentos de prestar servicio militar son:
• Desmovilizados inscritos en el Comité Operativo para la Dejación de Armas del Ministerio del interior (CODA) el cual certifica que el ciudadano se encuentra en proceso de reincorporación a la vida civil de acuerdo con el listado sistematizado de esa entidad.
• Los ciudadanos que han sufrido un daño por el conflicto armado y que hayan acreditado su condición de víctimas por la Unidad de Atención y Reparación a las Víctimas.
• Miembros de comunidades Indígenas que residan en su territorio y conservan su integridad cultural, social y económica.
• Hijos únicos.
• Ciudadanos con limitaciones físicas y sensoriales permanentes.
• Los casados que hagan vida conyugal.
• Padres de familia.
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